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Para que usted se familiarice con los términos más utilizados en el mercado inmobiliario, ponemos a su disposición un glosario con las palabras o frases más frecuentes.

A continuación encontrará un abecedario y, dentro de cada letra, los términos de su interés.

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A - B - C - D - E - F - G - H - I - L - M - P - Q - R - S - T - U - V - Z
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A
Agente inmobiliario:
Profesional que actúa como intermediario en una transacción inmobiliaria y que normalmente cobra como contraprestación, un porcentaje sobre el precio de la misma (comisión). Debe estar matriculado por el Colegio de Martilleros y haber probado su capacidad para la intermediación inmobiliaria.

Alicuota:
Parte igual y proporcional de un todo.

Alquiler:
Contrato que se firma entre la parte locadora y la parte locataria, por el cual se arrienda o renta un inmueble por determinado tiempo.

Alquiler con Opción a Compra:
Cláusula que figura en el contrato de locación, por la cual el locatario adquiere el derecho a comprar el inmueble rentado en una fecha futura por un precio pactado.

Altura Máxima de Edificación:
Medida vertical del edificio establecida según la zona correspondiente, sin contar las instalaciones complementarias: tanques y chimeneas, cajas de ascensores y escaleras, lavaderos colectivos, bauleras, departamento del portero y S.U.M. (salón de usos múltiples).

Apoderado:
Persona a la que se delegan poderes para actuar en representación de otra.

Arrendador:
Locador. Persona que cede el derecho a uso de un inmueble de su propiedad a un tercero a cambio de una renta.

Avalúo:
Tasación. Estimación que hace el tasador sobre el valor de un inmueble de acuerdo a los m2 de terreno y estado de la propiedad.

B
Bienes Gananciales:
Bienes de propiedad común de los cónyuges, que forman la sociedad legal de gananciales y se han adquirido después de haber contraído matrimonio.

Bienes Privativos:
Bienes que posee un cónyuge siendo de su exclusiva propiedad y administración.

Bienes Raíces:
Bienes (inmuebles) que no pueden ser trasladados de lugar, como viviendas, edificios, construcciones, oficinas, etcétera.

Boleto:
Documento que firman el comprador y el vendedor, en el cual se fijan las condiciones de compra-venta de una propiedad.

Broker inmobiliario:
Profesional experto en el mercado inmobiliario.

Build to suit:
Propiedad que se construye a medida de las necesidades específicas de una empresa.

C
Calificación:
Es la categoría que otorga al suelo sus características de edificación y usos. Los usos del suelo pueden ser industrial, residencial, comercial, etc.

Cédula Catastral:
Documento expedido por cada Catastro, el cual revela características físicas y condición de vivienda de la propiedad.

Campo:
Terreno fuera de la zona urbana.

Carta de intención:
Propuesta escrita que eleva un individuo o corporación, en la cual indica su interés por adquirir, rentar o llevar a cabo una operación inmobiliaria y fija las condiciones para su realización.

Chacra:
Finca de campo de poca extensión dedicada a la cosecha y posterior comercialización en pequeña escala de: frutas, vegetales o bien a la crianza de aves, conejos, caballos, etc.

Chalet:
Originalmente, casa de descanso. Actualmente se denominan así a las casas con techos con caída, generalmente de tejas, y con jardín.

Comisión:
Honorarios que percibe un agente inmobiliario por los servicios que presta como intermediario entre las partes en una operación de venta o alquiler de un inmueble. El comprador/locatario y el vendedor/locador abonan un porcentaje del monto total de la operación.

Comodato:
Contrato por el cual se da o recibe prestado un inmueble, para habitar en él, con la obligación de restituirlo.

Contrato de locación:
Documento que firman el locatario y el locador, en el cual se fijan las condiciones del alquiler de una propiedad.

Comprador:
En un contrato de compraventa, es que adquiere el bien y en contraprestación paga un precio. En el mercado inmobiliario es quien adquiere el inmueble y está obligado a pagar el precio.

Compraventa:
Contrato por el cual una persona se obliga a entregar una propiedad determinada y otra a pagar un precio cierto por ella, en dinero o pago equivalente.

Consorcio de Propietarios:
Conjunto de todos los copropietarios de un inmueble, cuyos acuerdos obligan a todos los vecinos.

Copropietario:
Persona que comparte una propiedad con otra/s persona/s.

Copropiedad:
Propiedad de una cosa compartida con otro u otros.

Costos de mejoramiento (mejoras):
Son los costos que afronta el comprador/locatario para mejorar una propiedad, de acuerdo a sus necesidades específicas. Usualmente se refieren a la construcción interior, como terminaciones, cielorraso suspendido, piso flotante, iluminación, divisiones, etc.

Costos operativos:
Son los costos periódicos de mantenimiento de una propiedad, como limpieza, seguro, ascensores, etc.

Crédito Hipotecario:
Contrato por el que una entidad financiera otorga una línea de financiación en la que el titular puede disponer del dinero según sus necesidades siendo avalado por su propiedad. El titular del crédito se obliga a devolver la cantidad que haya recibido, según las condiciones pactadas por las partes y en caso de incumplimiento, la entidad financiera pasará a ser la propietaria del bien. El crédito hipotecario se formaliza en escritura pública de forma que conste en el Registro de la Propiedad.

D
Depósito (en un contrato de locación):
Monto que el locatario abona al locador y éste retiene hasta el final del contrato, para asegurar el cumplimiento del contrato. Generalmente se abona el importe de un mes de alquiler por año de contrato. Al finalizar el contrato y previa revisión del estado del inmueble y el pago de las facturas, el locador reintegrará total o parcialmente el monto del depósito, según corresponda.

Depreciación:
Desvalorización de un inmueble a través del tiempo, por su estado o por su obsolescencia

Derecho de Dominio:
Derecho de propiedad de un inmueble.

Devengar:
Adquirir derecho a percibir una retribución por algún servicio prestado, o algún beneficio concedido.

Documento Privado:
En un alquiler o una compraventa, generalmente se establece un contrato privado que obliga a ambas partes a una serie de condiciones, términos, acciones, etc.

Documento Público:
Documento en cuya firma interviene un funcionario público, generalmente un escribano. En los contratos de compraventa de bienes inmuebles se acude a un escribano para elevar éste a escritura pública y así poder inscribir dicha compraventa en el Registro de la Propiedad

E
Enajenar:
Transmitir a otro una propiedad.

Escritura traslativa de dominio:
Documento oficial, expedido por un escribano público, donde constan las cláusulas y condiciones que se han pactado entre comprador y vendedor y por el que se transmite la propiedad de un bien inmueble. Para que tenga efectos frente a terceros debe estar inscripta en el Registro de la Propiedad.

Escritura de Hipoteca:
Documento oficial, expedido por un escribano público, donde constan las cláusulas y condiciones que se han pactado entre acreedor y deudor de un préstamo o crédito hipotecario. Para que tenga efectos frente a terceros y entre las partes debe estar inscripta en el Registro de la Propiedad.

Expropiación:
Venta o cesión obligatoria de todo o parte de una propiedad para obras de utilidad pública.

F
Fachada:
Parte anterior y generalmente principal de un edificio u otra construcción.

Fondo de Comercio:
Valoración que en una empresa puede hacerse de toda una serie de activos intangibles de difícil medición económica, como son la clientela, la imagen de marca, la cuota de mercado.

F.O.S.:
Factor Ocupacional del Suelo. Es la relación entre la superficie máxima del suelo ocupado por el edificio y la superficie del terreno.

F.O.T.:
Factor Ocupacional Total. Establece la superficie máxima construible en cada terreno, resultante de multiplicar el coeficiente establecido para la zona por la superficie de dicho terreno. La superficie semicubierta, no totalmente cerrada (balcones, galerías, etc.) se consideran para su cálculo en el 50% de su superficie.

G
Garantía:
En los contratos de alquiler o convenios, se refiere a quien/es es/son la/s persona/s que responderá/n económicamente ante el incumplimiento por parte del locatario.

Garantía Hipotecaria:
La que se establece sobre el propio inmueble como seguro de la devolución de un crédito hipotecario.

H
Hall:
(Voz inglesa). Vestíbulo. Recibidor. Lugar de recepción.

Hierro Galvanizado:
Hierro recubierto de una capa de zinc para evitar la oxidación.

Hipoteca:
Derecho real que se constituye en garantía del cumplimiento de obligaciones contraídas con un tercero. Además de asegurarse el cobro del crédito, el acreedor se garantiza el cobro de los intereses ordinarios, moratorios, costas y gastos derivados de la eventual reclamación judicial en caso de incumplimiento en el pago.

Aunque no exclusivamente, las hipotecas más habituales recaen sobre bienes inmuebles. Se formalizan en documento público y sus derechos se constituyen con la inscripción en el Registro de la Propiedad.

Hormigón:
Mezcla de aglomerante, arena y grava. ARMADO. Hormigón reforzado con armadura interior de hierro.

Hectárea:
Esta medida se utiliza especialmente para extensiones de campo y equivale a 10.000 m2.

I
Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA):
En el caso de compraventa de inmuebles sólo recaerá sobre viviendas nuevas (primeras transmisiones). El importe a satisfacer se calcula aplicando un porcentaje sobre el precio escriturado. El porcentaje es del 6% en las viviendas libres o de protección oficial. En las viviendas de protección oficial en régimen especial es del 3%.

Inmobiliaria:
Empresa cuya principal actividad es la intermediación en la compraventa, alquiler u otra operación de todo tipo de bienes inmuebles.

Inmueble:
Que no se mueve; se aplica a las propiedades en general.

Inquilino:
Locatario. Persona que alquila el bien a un propietario para su uso.

Insolvencia:
Incapacidad para cumplir las obligaciones por falta de recursos.

Interés:
Cantidad que se paga como remuneración por la disponibilidad de una suma de dinero tomada en concepto de crédito.

L
Layout:
Planificación y distribución de un espacio determinado.

Leasing:
Operación en la que interviene una persona o razón social (tomador) que necesita disponer de un bien, pero no cuenta con el dinero para comprarlo o no quiere inmovilizar capital, y acude a una entidad financiera (dador). La entidad compra el bien y se lo entrega al tomador, pactando un contrato en donde el tomador se compromete a abonar un canon por el capital invertido, más una suma en concepto de depreciación del bien. Transcurrido el tiempo pactado del contrato, el tomador puede ejercer una opción de compra, pero sin obligación. Si no la ejerce, la entidad tratará de vender el bien por su valor residual.

Libre de Cargas:
Se dice del inmueble sobre el que no pesa ninguna limitación a su dominio. Es decir, sobre el que no existen hipotecas, embargos, cláusulas resolutorias, usufructos, etc. u otras limitaciones.

Local:
Establecimiento abierto al público cuyo destino primordial no sea la vivienda, sino el ejercicio de una actividad industrial, comercial o de enseñanza con un fin lucrativo.

Locación:
Acción por la cual se realiza el alquiler de un inmueble bajo ciertas condiciones.

Locador:
La parte, generalmente el propietario, que ofrece el derecho de posesión y uso de una propiedad a un locatario, bajo ciertas condiciones.

Locatario:
La parte, en un contrato de alquiler, que recibe un derecho de posesión y uso de una propiedad, de un locador/propietario bajo ciertas condiciones.

M
Martillero:
Intermediario experto en adjudicaciones por subasta y remates. Profesional dedicado a intermediar en operaciones inmobiliarias.

Medianera:
Muro común de dos casas contiguas.

Mensura:
Medida.

Mora:
Retraso en el cumplimiento de una obligación (por ejemplo el pago de un crédito), que provoca el devengo del interés moratorio pactado.

Moratoria:
Se dice del plazo solicitado o impuesto para no hacer frente inmediatamente al pago total de una deuda ya vencida.

Morosidad:
Retraso en el cumplimiento de un deber u obligación.

P
Parcela:
Pequeña extensión de terreno.

Periodo de Amortización:
Plazo de tiempo en que se deben devolver el capital y los intereses.

Persona Física:
Persona individual o natural sujeta de derecho o de relaciones jurídicas.

Persona Jurídica:
Conjunto de personas a las que la legislación reconoce personalidad jurídica propia, independientemente de la que ostentan sus componentes en forma individual.

Playroom:
(voz inglesa) Significa cuarto de juegos, pero se utiliza como sala de T.V. o estar, es un espacio para esparcimiento.

Propiedad horizontal:
Definición por la cual los copropietarios son condóminos del terreno y de las cosas comunes en el porcentual que indica el reglamento de copropiedad, y dueños exclusivos del piso, paredes y techo de su departamento, oficina, o casa (en el caso de PH o countries).

Propietario:
Dueño de un bien y quien en definitiva posee todos los derechos sobre ella. En el campo inmobiliario es el dueño de la vivienda.

Prorroga del Contrato:
Continuación del contrato de locación una vez ha llegado a su término.

Proyectos "Llave en Mano":
Implican la coordinación total de un proyecto de construcción en todas las fases de su desarrollo, desde la contratación de proveedores hasta el final de la obra y la obtención de las licencias de apertura.

Pulmón de manzana:
Superficie no edificable, a nivel de terreno, comprendida entre frentes internos de edificios, destinada a espacio libre que, en un porcentaje no inferior al 50% de su superficie deberá estar constituida por terreno forestado y parquizado. Es, generalmente, el centro de la manzana.

Q
Quinta:
Casa de recreo, normalmente ubicada en las afueras de una ciudad.
R
Reglas de convivencia:
Estándares de conducta establecidos en el uso y la ocupación de una propiedad en un edificio, que deben respetar todos los propietarios e inquilinos por igual.

Reserva de locación:
Documento escrito que ofrece el locatario al locador en el cual consta el monto de la reserva y las condiciones propuestas para el alquiler del inmueble.

Refractario:
Cuerpo que resiste la acción del fuego sin alterarse. Ej.: ladrillo refractario.

Registro de la Propiedad:
Institución donde se efectúa la inscripción o anotación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles, así como de las resoluciones judiciales relativas a la capacidad de las personas y de los contratos de locación.

Renegociación de contrato:
Acto por el cual se establecen nuevos términos y condiciones sobre un contrato de locación, que satisfagan a locador y locatario.

Renta:
Lo que abona el locatario en concepto de alquiler.

Rentabilidad:
Es la relación, normalmente un porcentaje, que se establece entre la inversión realizada y el rendimiento económico que ha producido esa inversión.

Rescindir:
Dejar sin efecto un contrato por alguna de las causas que establece la ley. Artículos 1.290 y siguientes del Código Civil.

S
Sprinklers:
Dispositivos contra incendio dispuestos en el techo, que se activan ante el humo o el fuego.

Subalquiler:
Un acuerdo de alquiler en donde un locatario alquila a un tercero la propiedad que previamente alquiló, siempre con el consentimiento del locador original.

Suite:
Dormitorio con baño individual. En general es el dormitorio principal de la vivienda.

Superficie libre:
Es el porcentaje de terreno que queda libre de edificaciones y no puede ser ocupado, al aplicar a la parcela el Factor de Ocupación del Suelo (FOS) que le corresponde según la zona. El 50% de esta superficie, como mínimo, debe destinarse a terreno absorbente forestado y parquizado.

Superficie propia:
Es la superficie que tiene una propiedad, incluida la superficie de baños y cocinas.

Superficie total:
Es la superficie total que tiene una propiedad teniendo en cuenta las áreas comunes del edificio (palliers, escaleras, ascensores, etc.).

T
Tasación:
Avalúo. Estimación del valor de mercado de una propiedad. La valuación efectiva es uno de los factores claves dentro del mercado inmobiliario. Conocer el valor real de los inmuebles, permite establecer los criterios adecuados para el incremento del activo. De ese modo, y teniendo en cuenta la situación de oferta y demanda en ese momento, se puede tomar la mejor decisión y determinar la rentabilidad en caso de venta o alquiler del inmueble.

Título de Propiedad:
Escritura que acredita la propiedad de un inmueble. Allí se describen fecha y forma en que se adquirió y las principales características de la misma.

Testaferro:
Persona que presta su nombre a un tercero en un negocio.Compra "en comisión".

Testamentaria:
Ejecución de lo dispuesto en el testamento. Sucesión y caudal de ella durante el tiempo que transcurre desde la muerte del testador hasta que termina la liquidación y división.

Testamentario/albacea:
Persona encargada por el testador para cumplir su última voluntad.

Testamento:
Declaración en la cual una persona manifiesta su última voluntad, y dispone de bienes y asuntos que le atañen para después de su muerte. Documento donde consta legalmente la voluntad del testador.

Títulos perfectos:
Aquellos títulos que están libres de gravámenes, embargos, inhibiciones o medidas cautelares.

Toilette:
Baño extra para visitas.

Trifásico:
Circuito eléctrico sometido a tres fases, o corrientes alternativas simultáneas.

U
Unidad complementaria:
Otro tipo de unidades que componen el inmueble en propiedad horizontal. Normalmente son las cocheras o bauleras.

Unidad funcional:
Cada una de las unidades de propiedad que componen un inmueble en propiedad horizontal, a la cual le corresponde un porcentual de los espacios/artefactos comunes del edificio.

Urbanismo:
Proyectos económicos, sociológicos y arquitectónicos que se realizan para el diseño del espacio urbano, los cuales estudian las condiciones adecuadas de vivienda, medio ambiente y esparcimiento y las áreas necesarias para la instalación industrial, comercial, etc. Deben diagramarse cuidadosamente las redes arteriales y de transporte público para facilitar la movilidad de la población.

Urbanización:
Acción y efecto de urbanizar.

Urbanizar:
Convertir en ciudad o población una porción de terreno, abriendo calles y dotándolas de los servicios municipales y de transporte.

Uso:
Uso que se le da al inmueble. Una propiedad puede tener diferentes usos: vivienda, tareas agrícolas, actividades empresariales, comerciales, etc.

Usufructo:
Es el derecho real de goce, uso, disfrute o aprovechamiento que obtiene una persona -llamada usufructuario- sobre un bien cuya propiedad reside en otra persona denominada nudo propietario.

V
Valor Catastral:
Concepto que afecta al Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Lo componen el valor del suelo y el de la construcción, multiplicados ambos por el índice de aprovechamiento.

Valor del m2 en alquiler:
Valor que se calcula dividiendo el precio de alquiler mensual por la superficie propia del inmueble.

Valor del m2 en venta:
Valor que se calcula dividiendo el precio de venta por la superficie propia del inmueble.

Vendedor:
Parte que en un contrato de compraventa transmite un bien y como contrapartida percibe un precio por ello.

Verificación:
Control y verificación que se debe realizar antes del cierre de una operación, como la titularidad de los bienes, la existencia de derechos o hipotecas, la correcta clasificación catastral, etc.

Vivienda:
Lugar destinado a servir de habitación o morada de una persona o familia, donde constituyen el hogar o sede de su vida doméstica.

Z
Zonas Comunes:
Espacios de un edificio constituido en propiedad horizontal, utilizadas por todos los habitantes del mismo y cuyos gastos de mantenimiento, reparación y mejora corren por cuenta de todos los propietarios. Ej.: portal, pasillos comunes, piscina, etc.

Zona Comercial:
La destinada a la localización de comercios minoristas como uso predominante, con el uso complementario de administración y servicios. El uso de vivienda pasa a ser complementario

Zona de esparcimiento:
Areas destinadas a espacios verdes y parquizados de uso público: plaza, plazoleta y parques.

Zona Industrial:
La destinada a la localización de actividades industriales como uso predominante y, en algunos casos, exclusivo.

Zona Residencial:
La destinada a la localización de viviendas como uso predominante y a veces exclusivo, con el fin de garantizar y preservar las buenas condiciones de habitabilidad.

Zonificación:
Es la división por la cual se destinan los usos y destinos posibles de la tierra: Residencial, Industrial, y Comercial, que a su vez se subdividen en varias categorías.

Z&V Propiedades 

Av. del Libertador 13.925, local 25
(B1640AOK) Martínez, Buenos Aires - Argentina

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